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El cliente se obliga a destinar el importe total del presente crédito que se le concede en este acto, para el fin destinado, de acuerdo al programa de inversión. |
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El cliente sólo podrá efectuar pagos anticipados, siempre y cuando se encuentre al corriente en el pago de las amortizaciones de capital e intereses. |
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Para utilizar la opción de pago anticipado, se deberán utilizar solo las fechas de amortización pactadas, debiendo darse aviso a FICEN con 15 días de anticipación. |
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En ningún caso y por ningún motivo, el pago anticipado será inferior a una amortización del crédito otorgado. |
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Obtener a partir de la fecha de disposición del crédito y durante toda su vigencia, póliza de seguro de los bienes financiados, designando como beneficiario a FICEN. |
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Entregar estados financieros anuales dictaminados, en su caso, a más tardar el día último del mes de junio de cada año. |
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Entregar estados financieros trimestrales y semestrales internos a más tardar 60 días después del cierre. |
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Informar a FICEN de cualquier incumplimiento a las cláusulas de contratación. |
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Proporcionar la información que requiera FICEN a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el cliente bajo las cláusulas de contratación. |
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Entregar en un plazo que no exceda de 90 días, un reporte que contenga los comprobantes, que amparen que la inversión se ha realizado y firmar el reporte de la correcta aplicación de los recursos. |